Resolución oficial restringe el derecho a la manifestación pacífica durante el proceso electoral
El Observatorio Venezolano de Conflictividad Social (OVCS) alerta que la resolución conjunta de los ministerios del Poder Popular para Relación es Interiores, Justicia y Paz y para la Defensa, N° 179 y 012245 respectivamente, publicada en la Gaceta Oficial Nº 40.798 de fecha 27 de noviembre de 2015, vulnera el derecho humano a la manifestación pacífica.
En la resolución se suspenden de manea temporal las “reuniones y manifestaciones públicas, concentraciones de personas y cualquier otro acto similar”. La medida inicia desde el “día sábado cinco (05) de diciembre de 2015, a las 18:00 horas (6:00 pm) hasta el día lunes siete (7) de diciembre de 2015, a las 18:00 horas (6:00 pm)”.
El Estado venezolano debe garantizar el derecho humano a la manifestación pacífica establecido en el artículo 68 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el artículo 20 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el artículo 21 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y el artículo 15 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Incluyendo las reuniones, manifestaciones públicas y concentraciones de personas.
Las instituciones públicas están en la obligación de establecer las condiciones necesarias de seguridad ciudadana para garantizar la vida e integridad de todas las personas.
Los venezolanos tienen el derecho a manifestar pacíficamente en relación a los asuntos públicos del país, especialmente sobre el proceso electoral del próximo 6 de diciembre y sus resultados.
Puede descargar la Gaceta Oficial Nº 40.798 aquí